
El día 23 de mayo de 2020, fue publicado en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 094-2020-PCM, mediante el cual se ha establecido la ampliación del estado de emergencia desde el 25 de mayo hasta el 30 de junio.
En Anexo al decreto supremo se detalla las actividades económicas que estarán permitidas desde hoy lunes 25 de mayo:
Otros servicios que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente norma, ya se encontraban habilitados para su funcionamiento.
Las actividades mencionadas en los literales m), n), o), p), q) y r) podrán iniciarse gradualmente a partir de hoy lunes 25 de mayo.
Las personas jurídicas que desarrollen tales actividades, solo deberán registrarse en el sector competente, debido presentar previamente su “Plan para la vigilancia, prevención y control de Covid-19 en el trabajo” ante el Sistema Integrado para Covid-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud.
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