
Una vez, determinado el impuesto por pagar al realizar la declaración de impuesto a la renta correspondiente al ejercicio 2019, se puede realizar el pago del referido impuesto o en su defecto se puede solicitar su aplazamiento o fraccionamiento, de acuerdo al detalle que pasamos a exponer:
De no ejercer la opción descrita, la presentación de la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento del Impuesto por Pagar sólo podrá realizarse siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles desde la fecha de presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2019.
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