El día de hoy se publicó en diario oficial «El Peruano» el Decreto Supremo N° 087-2020-PCM mediante el cual prorrogan hasta el día 10 de junio del 2020 la suspensión del cómputo de plazos de tramitación de los procedimientos administrativos sujetos a silencio positivo y negativo (Decreto de Urgencia Nº 026-2020, ampliado por el Decreto Supremo Nº 076-2020-PCM) que se encuentren en trámite a la entrada en vigencia de la presente norma, adicionalmente, también se prorrogan los plazos de inicio y tramitación de los procedimientos administrativos y procedimientos de cualquier índole, como por ejemplo los procedimientos de oficio (Decreto de Urgencia Nº 029-2020, ampliado por el Decreto de Urgencia Nº 053-2020).
Las entidades podrán aprobar el listado de procedimientos que estarán exceptuados de la suspensión de plazo. Lo mencionado no debe incluir a los procedimientos de oficio.
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