
Efecto de la huelga del Poder Judicial desde mi punto de vista como abogado litigante en laboral:
Los escritos se presentan por mesa de partes virtual, razón por lo cual los plazos no serían suspendidos, dado que no existe caso fortuito o fuerza mayor para su presentación, no obstante, ello, la Corte de Lima además de la mesa virtual cuenta con un correo para presentar escritos:
• Correo general: MPEscritosConTerminoSedeJAVCJLIMA@pj.gob.pe
• habeas corpus: habeascorpuscsjlima@pj.gob.pe
• Las denuncias por violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar: juzgfamilialima@pj.gob.pe
En otras Cortes el teléfono o correo lo pueden ubicar en la página web de cada corte.
El Poder Judicial puede publicar una resolución respecto a la suspensión de plazos, pero, en mi opinión se limitaría a los trámites presenciales o donde la Corte no tenga implementada la mesa de partes virtual o correo de recepción, aunque es muy poco probable que no cuenten con uno, la pandemia obligó a todas las cortes a tener canales virtuales de presentación de escritos judiciales y que están ahora obligados de habilitar.
Por la experiencia de la pandemia, vemos que las audiencias virtuales pueden realizarse desde los hogares de los jueces por lo que no habría razón para que se frustren.
Sin embargo, esto podría ocurrir si los especialistas de audio acatan la huelga, o si el expediente es electrónico, y el juez y/o el especialista no puedan acceder remotamente a este; o, más aún en el caso que el expediente sea físico, donde está claro que el acceso sería limitado.
Mi recomendación es asistir a las audiencias programadas que tienen un link enviado o que sea enviado al correo electrónico previamente informado.
En caso el día de la audiencia virtual no se conecte el Poder Judicial o no envíen el link, recomiendo ingresar un escrito dando cuenta del hecho y esperar una nueva fecha. Esta recomendación también la hago respecto a las audiencias presenciales, adjuntando pruebas visuales de la frustración de la misma.
Los que tengan trámites pendientes, proveído de pedidos, emisión de sentencia, reposiciones, cobro de deudas o algún trámite que requiera sea ejecutado por un especialista o funcionario en huelga, considero que se verán seriamente demorados si la huelga continúa, y solo serán atendidos cuando la huelga finalice.
Como bien se conoce, los jueces están impedidos de hacer huelga, pero poco o nada podrán hacer si sus subordinados acatan esta medida de lucha sindical.
La experiencia de la pandemia nos enseñó que la presencialidad es cada día más obsoleta en muchos casos, y que la virtualidad beneficia a los usuarios en casos como este, donde el impacto para su bienestar es menor.
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