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Gonzalo Costa: Decreto Supremo que dispone la obligación de presentar el carné físico o virtual de vacunación contra la COVID-19, entre otros aspectos.

Costa, Olivares & Palomino | Abogados
14 diciembre, 2021

A través del Decreto Supremo N° 179-2021-PCM, publicado el pasado 09 de diciembre del 2021, se emite una nueva modificación al Decreto Supremo N° 184-2020-PCM Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19 y establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social, disponiéndose que:

  1. Se adelanta la exigencia de acreditación, por parte de los trabajadores, del esquema completo de vacunación contra la COVID-19, disponiéndose que, ya no será aplicable a partir del 15 de diciembre, sino que, la exigencia será desde el 10 de diciembre del 2021.
  2. Se determina que, aquellos prestadores de servicios de la actividad privada que no cuenten con el esquema completo de vacunación, deberán prestar servicios a través de la modalidad de trabajo remoto. Cuando la naturaleza de las labores no sea compatible con el trabajo remoto, se entenderá producido el supuesto de suspensión del contrato de trabajo, sin goce de haberes, salvo que las partes acuerden la suspensión imperfecta del vínculo laboral.
  3. Se reafirma que, la presentación del carné de vacunación físico o virtual será a aquellos locales donde se desarrollan actividades económicas y de culto que se brindan en los espacios cerrados identificados en el numeral 14.2 de la norma.

El artículo 14.2 desarrolla a que se entiende por actividades en espacios cerrados de acuerdo al nivel de alerta, encontrándose el detalle de actividades en el siguiente link: https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-modifica-el-decreto-supremo-n-184-2020-decreto-supremo-n-179-2021-pcm-2020161-1/


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