
Mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 064-2020- SUNARP/SN, publicada ayer 03 de junio de 2020 en el diario oficial El Peruano, se dispuso el empleo de partes notariales firmados digitalmente y su trámite exclusivo en todas las Oficinas Registrales del país, a través del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (SID-SUNARP) de mandatos y poderes, constitución de sociedades y EIRL, y transferencias
vehiculares a nivel nacional, conforme al siguiente detalle:
Cabe precisar que la norma citada, hace referencia a los partes notariales señalados precedentemente, comprenden únicamente los traslados de instrumentos públicos, extendidos por notarios en el territorio nacional. En consecuencia, se encuentran excluidos:
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