De acuerdo a lo estipulado en el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por el Decreto Supremo N° 179-2004-EF y normas modificatorias, todos los independientes (cuarta categoría) o trabajadores dependientes que se encuentran en planilla (quinta categoría) con ingresos anuales mayores a siete unidades impositivas tributarias (UIT), es decir S/ 29,400.00, pueden obtener la devolución de una parte de sus impuestos a la renta 2019, que pagaron a la SUNAT. A esto se le llama deducción de impuestos.
En ese sentido, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) depositará las devoluciones de los impuestos pagados en exceso a personas naturales en sus respectivas cuentas de ahorros, toda vez que hayan registrado su Código de Cuenta Interbancario (CCI).
Por tanto, se podrá deducir (reducir la base imponible) hasta tres UIT, equivalente a S/ 12,600.00, por los consumos y gastos realizados en determinados rubros, tal como se detalla:
Respecto a este último gasto deducible, que fue incorporado en el 2019, para este año en adelante se estableció que el emisor del comprobante de pago que sustenta este gasto debe registrar como actividad principal o de ser el caso, como secundaria- la de hoteles, centros vacacionales, casas de vacaciones, restaurantes, restaurantes de autoservicios, cafeterías, establecimientos o restaurantes de comida rápida, bares, tabernas, discotecas, cervecerías, pubs, heladerías, entre otros.

Fuente: SUNAT
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